La Secretaría de Educación, bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano, autorizó que establecimientos privados puedan recibir estudiantes becados por el Progresar en la línea de “Finalización de la Educación Obligatoria”.
Para hacerlo, deberán cumplir con tres condiciones: Emitir títulos oficiales; ofrecer servicios gratuitos o con contribución voluntaria que no supere dos veces el salario mínimo vital y móvil anual; estar ubicadas en zonas sin oferta estatal para ese nivel o modalidad.
Esta medida se toma, según el texto oficial, de “manera excepcional”, y tiene por objetivo garantizar el acceso y la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo.
En el sector público
La medida contrasta con la situación crítica que atraviesan las instituciones estatales. En lo que va del año, universidades nacionales denunciaron recortes de hasta el 70% en sus partidas presupuestarias, y escuelas de todo el país enfrentan problemas de infraestructura, falta de recursos y demoras en el pago de salarios docentes. La ampliación del Progresar hacia lo privado no viene acompañada de un refuerzo para el sistema público, que históricamente fue el principal sostén de la educación en contextos de vulnerabilidad.
Otra modificación significativa recae sobre la línea “Progresar Trabajo”, dirigida a personas interesadas en capacitarse en oficios o formación profesional. En este caso, el cambio apunta a simplificar el proceso y hacerlo más equitativo, modificando el modo en que se analiza la situación económica del postulante. Desde ahora, “solo se considerarán los ingresos del postulante que se registren en las bases de datos de dicho organismo, al momento de la inscripción”, dejando de lado los ingresos del grupo familiar.
De este modo, el análisis contemplará exclusivamente remuneraciones en relación de dependencia, rentas de autónomos y monotributistas, haberes jubilatorios y pensiones, así como prestaciones contributivas y no contributivas. Se excluyen ítems como horas extras, plus por zona desfavorable, asignaciones por maternidad y aguinaldo, que anteriormente eran considerados en algunos casos.
Además, “la excepción de que los estudiantes solicitantes sean titulares de una pensión no contributiva por invalidez otorgada en el marco del artículo 9° de la Ley N° 13.478” fue contemplada dentro de la nueva reglamentación. Esto garantiza que grupos vulnerables con discapacidad no vean afectado su acceso por criterios económicos que no reflejan su realidad.
Nuevas fechas de inscripción y segundo lanzamiento del programa
Las nuevas medidas acompañan un segundo lanzamiento del programa, según lo establecido en la Resolución 1149/2025, firmada por la cartera que conduce Sandra Pettovello en el marco del Ministerio de Capital Humano. La convocatoria contempla distintas fechas de inscripción según la línea a la que se quiera acceder.
Quienes deseen postularse para la línea de “Finalización de la educación obligatoria” podrán hacerlo desde este lunes 4 de agosto hasta el 1 de septiembre. Por su parte, quienes estén interesados en las líneas de “Fomento de la educación superior” y “Progresar Enfermería”, deberán inscribirse entre el 18 de agosto y el 5 de septiembre.
Fuente: Chaco día por día