La Comisión Directiva de ATECH reunida en la mañana de este miércoles, ratificó su reclamo para que a la brevedad el Gobierno convoque a la Comisión de Política Salarial y Condiciones de Trabajo para definir en primer término la recomposición salarial adeudada a los docentes. Estamos a mitad de año y las respuestas gubernamentales-ministeriales al reclamo de recomposición es el silencio aturdidor. EL Gremio reivindicó una vez más la herramienta de la cláusula gatillo que tiene por fin empatar a la inflación para no quedar por debajo de ella, pero que claramente como lo ha afirmado a diario, la misma debe ir de la mano de una política de incrementos de los salarios por encima de la inflación siempre, máxime frente a una inflación que no contempla los tarifazos de luz, de agua, y que en el marco de una falta de recomposición de los sueldos, representa un ajuste permanente de los flacos bolsillos de los trabajadores de la educación.
ATECH ratifica la necesidad imperiosa de que en primer lugar en el plano salarial se blanqueen los montos en negro que representan el nefasto presentismo (asignación no remunerativa ex concepto aula) para que además abarque a la totalidad de los colegas jubilados, a lo que debe sumarse un incremento suficiente –siempre al valor del punto-.
POR EL TRATAMIENTO Y SANCION DEL PROYECTO COMPLEMENTARIO DE ATECH A LA LEGISLATURA
La Comisión Directiva de ATECH requirió formalmente a la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, el tratamiento a la brevedad del proyecto complementario –de su autoría- para las leyes de estabilidad y garantías laborales números 3895 y 3896/23. Tal y como lo presentara el 28 de marzo último la ATECH a la Legislatura, -expediente N° 50/25 lo ha volcado en el seno del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, en el marco de las mesas técnicas que tratan y resuelven las controversias existentes para con la aplicación de las leyes citadas, cuyas resoluciones revisten el carácter de vinculante a tal fin. Iniciativa de la Entidad que ha contado con el interés de las demás entidades gremiales que participan en dicho ámbito.
El proyecto en cuestión propicia en definitiva el respeto en los hechos, del espíritu de las leyes de estabilidad y garantías laborales 3895 y 3896, determinando la no aplicación del artículo 21 de la Ley 647 E –Estatuto del Docente-, toda vez que las leyes en cuestión son leyes especiales dictadas por fuera del Estatuto y referidas de manera específica a la estabilidad y garantías laborales de todos los docentes abarcados por las leyes 3895 y 3896, tomándose la titularización de los colegas como herramienta para lograr el cometido de lo ordenado por ambas leyes –su estabilidad- y no como una titularización masiva.-