Trabajadores que ganen hasta $12.120 mensuales tendrán una tarifa social de luz

El Gobierno informó los criterios de elegibilidad para que los usuarios puedan recibir el servicio a un menor precio.

Poco a poco, el gobierno nacional empieza a develar cómo funcionará el nuevo régimen de energía eléctrica para los usuarios domiciliarios. Mientras este miércoles dispuso un aumento en el monto que cobran las empresas generadoras, este jueves avanzó un paso más y autorizó a las empresas Edenor y Edesur a subir sus tarifas.
La suba –cuyas cifras finales aún no fueron informadas– estará acompañada por la creación de una nueva tarifa social para aminorar el impacto de los aumentos en los sectores de menores ingresos. Por el momento, el Gobierno tampoco dijo de cuánto será esa tarifa social. 


Requisitos para recibir la nueva tarifa social
Según se publicó este jueves en la Resolución 7/2016 difundida por el Boletín Oficial, aquellos usuarios que deseen acceder al beneficio deberán cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
1) Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional
2) Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVyM). Hoy el SMVyM se encuentra en $6.060, por lo que la cifra que se tomará como referencia será $12.120
3) Ser titular de programas sociales
4) Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social
5) Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239)
6) Estar percibiendo el seguro de desempleo
7) Contar con certificado de discapacidad 


Motivos de exclusión de la tarifa social
Pero aun cumpliendo alguno de los requisitos arriba nombrados, los usuarios pueden quedar automáticamente descartados del sistema si se encuentra en una o más de las siguientes situaciones:
1) Cruce por padrón de fallecidos
2) Registro de propiedad Inmueble —quedará excluido cuando sea titular de más de un inmueble
3) Padrón de Automotores —quedarán excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta 15 años de antigüedad
4) Embarcaciones de lujo —quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo

Fuente:  Primera Línea


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