La Ley “No llame” fue promulgada

El Gobierno promulgó la ley que crea el registro nacional. El usuario decide si desea o no recibir publicidades y ofertas no solicitadas. 90 días para reglamentarla.
 
Los clientes de las compañías telefónicas podrán dejar asentada su decisión de no recibir en sus teléfonos fijos y celulares llamadas y mensajes de texto con publicidades y ofertas no solicitadas.
La norma, sancionada el 2 de julio por la Cámara de Diputados, fue publicada hoy en el Boletí­n Oficial a través del decreto 1.233, y partir de ahora el Ejecutivo tendrá 90 días para reglamentarla.
El registro nacional "No Llame" contempla a "toda persona física o jurídica titular o usuario autorizado del servicio de telefonía en cualquiera de sus modalidades que manifieste su voluntad de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o regalare bienes o servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artí­culo 27 de la ley 25.326", indica el texto aprobado por el Congreso.
Tanto la inscripción como la baja del mismo será "gratuita y debe ser implementada por medios eficaces y sencillos".
"La baja sólo puede ser solicitada por el titular o usuario en cualquier momento y tendrá efectos inmediatos", aclara la norma.
Las empresas que publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios "no podrán dirigirse a ninguno de los inscriptos en el Registro Nacional `No Llame` y deberán consultar las inscripciones y bajas producidas en el citado registro con una periodicidad de treinta (30) días corridos a partir de su implementación".
Quedan exceptuadas de la normativa las campañas de bien público; las llamadas de emergencia para garantizar la salud y seguridad de la población; las campañas electorales; y las llamadas de quienes tienen una relación contractual vigente, siempre que se refieran al objeto estricto del vínculo y sean realizadas en forma y horario razonables y de acuerdo a la reglamentación.
La ley tampoco incluye en ese punto aquellas llamadas de quienes hayan sido expresamente permitidos por el titular o usuario autorizado de los servicios de telefoní­a en cualquiera de sus modalidades, inscriptos en el registro nacional "No llame".
La autoridad de aplicación de la norma será la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.
Fuente: DataChaco



Comentarios

  1. el coqui
    e ivanof

    no quieren que los llamen
    atorrantes

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