La Justicia convalidó las elecciones de las Juntas de Clasificación y dispuso fecha

El juez Civil y Comercial N° 21, Julián Flores, desestimó la medida cautelar y el amparo interpuesto por un docente que pretendía frenar el proceso eleccionario de los docentes para elegir miembros de Juntas de Clasificación, Tribunal de Disciplina y Consejo de Educación. Estableció que el 3 de diciembre se lleve a cabo el proceso eleccionario.

“La justicia avaló todo lo actuado por el Ministerio y la Junta Electoral Docente, por lo tanto los trabajadores de la educación deberán votar el próximo 3 de diciembre a sus representantes en las Juntas de Clasificación, Tribunal de Disciplina y Consejo de Educación”, señaló el ministro de Educación, Sergio Soto al dar a conocer la resolución de la Justicia.
En los autos caratulados: “Romero Armando Oscar c/ Provincia del Chaco y/o Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco s/acción de amparo”, expediente N° 7992/13, el juez Flores resolvió rechazar la acción de amparo incoada por Romero Armando Oscar, docente en tareas pasivas, que pretendía que se declare la ilegalidad de la convocatoria a elecciones de miembros de Junta de Clasificación para el Nivel Primario del Ministerio de Educación demandado, realizado a través del Decreto Provincial N° 1720/13 y de la Resolución N° 3447/13 del MECCyT. Además, hacer cesar los efectos de la medida cautelar innovativa.

Revés para Sitech Castelli
La medida cautelar fue presentada ante la Justicia por Armando Romero, docente e integrante de Sitech Castelli. El 5 de noviembre pasado, Romero junto a otros integrantes del gremio docente, presentaron en la mesa de entradas del anexo legislativo, un pedido de juicio político contra el ministro de Educación, Sergio Soto. A través del mismo, el gremio denunció que el Ministro no suspendió los efectos de la Resolución Nº 3447/13 a través de la cual convocó a elecciones de Juntas de Clasificación, desobedeciendo una orden judicial del Juzgado Civil y Comercial Nº 21, que ordenó dejarlas sin efecto.
Mediante la Resolución la cartera educativa convocó a elecciones docentes para cubrir los cargos de miembros titulares y suplentes de las Juntas de Clasificación, Tribunal de Disciplina y Consejo Escolar del Ministerio de Educación. Sin embargo, el juez Julián Flores en la causa caratulada “Romero Armando C/Provincia del Chaco y/o Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la provincia del Chaco S/Medida Cautelar”-Expediente Nº 7993/13, el gremio solicitó se instruya juicio político a Sergio Soto, en razón del grave incumplimiento en que ha incurrido, en claro desmedro de los principios elementales de la forma Republicana de Gobierno y la división de poderes.
Entre sus fundamento, el gremio destaca que el 10 de octubre pasado se presentó en la mesa de entradas del Ministerio de Educación el oficio Nº 1654 librado por el titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 21, Julián Flores, mediante el cual se ordenó la suspensión de los efectos de la Resolución Nº 3447/13 del Ministerio de Educación, mediante la cual se convocó a elecciones de Juntas de Clasificación, Tribunal de Disciplina y Consejo Escolar del Ministerio de Educación. La orden judicial dispuso un plazo de 48 horas para el cumplimiento de la medida y han transcurrido ya más de 15 días sin que el Ministro de Educación emita la Resolución, dejando sin efecto la convocatoria a elecciones docentes.
En tanto, el 4 de noviembre se presentó en mesa de entradas del Ministerio de Educación el oficio reiteratorio Nº 1794, librado por el mismo juez, en la misma medida cautelar. El gremio, recordó que esa medida cautelar se impetro en conjunto con una acción de amparo caratulada “Romero, Armando C/Provincia del Chaco y/o Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la provincia S/Acción de Amparo”, Expediente Nº 7992/13.
“El artículo 19 de la Constitución de la provincia del Chaco que garantiza los derechos constitucionales a través del instituto del amparo, establece que “no podrán los funcionarios o empleados negarse al cumplimiento de la orden judicial respectiva. Si lo hicieren, serán enjuiciados y, en su caso, removidos”, recuerda el gremio. Por ello, el sindicato sostiene que en el caso subexámine el ministro de Educación, Sergio Soto, funcionario del Estado provincial, aún persiste en su negativa a dar cumplimiento a la orden judicial de suspender las elecciones docentes de miembros de Juntas de Clasificación, Tribunal de Disciplina y Consejo Escolar, lo que otorga plena procedencia a lo establecido en el artículo 19 de la Constitución Provincial.
Además, el gremio destacó que el Estado provincial se presentó en la acción de amparo y apeló la medida cautelar respectiva, con lo cual aparece de manifiesto que pretende el ejercicio de su derecho a apelar la medida cautelar, y no cumple con su obligación de acatarla, lo que abunda en cuanto a la gravedad de la conducta imputada.

Fuente:  Primera Línea

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