El Gobierno dispuso por decreto sumar dos feriados "turísticos" en 2011: serán 17 en total

Cristina Kirchner firmó un decreto, publicado en el Boletín Oficial, que establece las fechas de los 15 días feriados. Incluye dos jornadas por Carnaval. El 25 de marzo y el 9 de diciembre también serán feriados para fomentar el turismo. Y la creación del 20 de noviembre como Día de la Soberanía. El Gobierno había enviado al Congreso un proyecto para reorganizar las fechas
Crédito Foto: NAEl Gobierno puso hoy en marcha a través de un decreto el proyecto de ordenamiento de feriados, que a partir de ahora serán 15, con la incorporación del lunes y martes de carnaval como días no laborales y la creación del 20 de noviembre como Día de la Soberanía Nacional.

La decisión, publicada en el Boletín Oficial, lleva el número 1584/2010 y entre los argumentos señala que "todo evidencia" que la sanción de la norma "no podrá concretarse con la premura del caso, obstaculizando una de las finalidades del envío", que "era dar previsibilidad con un tiempo de antelación suficiente como para posibilitar a los ciudadanos la planificación de sus actividades".

Es que, según explica el Ejecutivo en otro párrafo, desde la fecha del envío de la iniciativa al Congreso, el pasado 14 de septiembre, la Cámara de Diputados "casi no ha sesionado".

Según lo que establece el decreto presidencial, los feriados nacionales el año que viene serán:

• 1º de enero: Año Nuevo
• Lunes y Martes de Carnaval.
• 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
• Viernes Santo
• 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
• 1º de mayo: Día del Trabajo.
• 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
• 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano.
• 9 de julio: Día de la Independencia.
• 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General D. José de San Martín.
• 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
• 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
• 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
• 25 de diciembre: Navidad

Además, se declaró día no laborable el Jueves Santo, los días del Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), DOS (2) días, el Día del Perdón (lom Kipur), UN (1) día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los DOS (2) primeros días y los DOS (2) últimos días. También para los que profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).

Además, en el decreto 1585/2010 se establece el concepto de feriado puente cuando la fecha conmemorativa es inamovible y cae en martes o jueves, con el objetivo de fomentar el miniturismo
Fuente: Infobae

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