Fiscalía de Estado presentó el escrito ante el Máximo Tribunal para que se declare inconstitucional el restablecimiento del ajuste por inflación para la docente.
Como se esperaba en razón del impacto que tendría desde lo económico y financiero, el gobierno provincial apeló la sentencia dictada en un recurso de amparo el 20 de octubre por la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, que establece que el Ejecutivo debe retomar el pago de la cláusula gatillo a trabajadores docentes.
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| La docencia aguarda con expectativas lo que ocurre con el amparo a favor de la vuelta de la cláusula gatillo, que el Gobierno decidió apelar. |
El planteo de la Fiscalía de Estado es que el fallo "resulta arbitrario, ilegítimo e inconstitucional", y que implica una intromisión del Poder Judicial en potestades exclusivas del Ejecutivo y del Legislativo, al obligar a restablecer un mecanismo salarial sin sustento legal ni previsión presupuestaria.
En su escrito, el órgano que defiende los intereses del Estado, afirma que la Cámara laboral "obliga al Poder Ejecutivo a la implementación forzosa de un mecanismo de actualización salarial creando un concepto ilegítimo y legalmente inexistente, sin factibilidad presupuestaria", lo que supone "una intromisión en potestades legales y constitucionales que son expresamente ajenas a su jurisdicción"
En el escrito, se señala como argumento que las modificaciones salariales de los empleados públicos "solo podrán ser aprobadas o modificadas por ley", y subraya que ningún decreto vigente ni norma obligan a aplicar la cláusula gatillo.
DIVISIÓN DE PODERES
Entre los principales argumentos, el Estado chaqueño sostiene que la sentencia viola el principio de división de poderes y el debido proceso, porque "los jueces se han arrogado facultades propias de la administración y del Poder Legislativo".
Otro eje fuerte del recurso es la inexistencia de factibilidad presupuestaria. Según el planteo, "la obligación impuesta en el fallo causa directamente un gravamen irreparable a las arcas y finanzas del Estado Provincial".
"No existe previsión ni procedimiento legislativo vigente para sancionar con fuerza de ley la llamada cláusula gatillo", añade el documento
El recurso enfatiza que la determinación de políticas salariales "es una potestad discrecional de la Administración y del Poder Legislativo, no sujeta al control judicial salvo casos de arbitrariedad o irrazonabilidad".
SUPERIOR TRIBUNAL
Ahora, el máximo órgano judicial deberá definir sobre el pedido efectuado por el amparo avalado por los jueces Silvia Suárez y Sebastián Cóceres, que emplazaron a que en 60 días se cumpla con lo resuelto, que como sabe en el caso de esta figura legal tiene efecto devolutivo y no suspensivo, es decir si cualquiera de los partes que no estuviera conforme con lo que se establezca en jurisdicción provincial le quedará el recurso de la Corte Suprema de la Nación pero mientras tanto la normativa indica que debe cumplirse la sentencia hasta que se resuelva en la última instancia.
Fuente: D. Norte

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