Habilitaron las inscripciones para acceder a una casa propia en Sáenz Peña: requisitos

PROCREAR

Desde este lunes 3 de julio las personas interesadas podrán inscribirse para acceder al plan Procrear en los desarrollos urbanísticos de Roque Sáenz Peña (Chaco), San Martín II (Buenos Aires) y General Lagos (Santa Fe).

Para poder anotarse al mismo las personas deben completar un formulario online con los datos personales del titular y cotitular. La misma se puede realizar mediante la web oficial del plan Procrear 2023: www.argentina.gob.ar/procrear


REQUISITOS

No haber resultado beneficiado con planes de vivienda en los últimos 10 años.
No tener, tanto el titular como el cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción.
Presentar el DNI de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
Ser argentinos o extranjeros con residencia permanente en el país.
Tener entre 18 y 64 años inclusive al momento de completar la inscripción.
Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente 1 y 10 salarios mínimos. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada.
Demostrar, como mínimo, 12 meses de continuidad laboral registrada.
No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
Los participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por matrimonio, unión convivencial, unión de hecho.

Fuente: Diario Chaco



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