No
 es novedad que los propietarios de un inmueble que se encuentra 
alquilado deben inscribirse en la AFIP y pagar distintos impuestos, 
según su categoría de contribuyente. Sin embargo, el mercado de los 
alquileres suele ser bastante informal y no todos los dueños cumplen con
 estas obligaciones. Esta semana, el ente recaudador dispuso un nuevo 
registro para declarar los contratos de locación, tal como estaba 
previsto en la Ley de Alquileres vigente desde julio del año pasado.
A
 partir del próximo mes, los contratos se deberán ingresar en el 
Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI), disponible en la página de 
la AFIP. ¿Qué obligaciones impositivas surgen para los propietarios? Son
 las mismas que ya estaban vigentes:
Para
 registrar los alquileres como monotributista, el total de la 
facturación anual del contribuyente no debe superar los $1,7 millones y 
no se debe contar con más de tres inmuebles alquilados o más de tres 
actividades económicas desarrolladas. En ese caso, se debe registrar el 
contrato de alquiler, emitir comprobantes tipo “C” y declarar los 
inmuebles en la presentación de Bienes Personales. En cuanto al pago de 
Ingresos Brutos, en la ciudad de Buenos Aires, desde diciembre del año 
pasado, están exentos los alquileres cuyo valor mensual esté por debajo 
de los $30.000.
Los
 contribuyentes registrados en el Régimen General (que pagan IVA y 
Ganancias), deben emitir comprobantes tipo “B” a los consumidores 
finales o exentos en IVA. Tiene que estar inscripto en el IVA, presentar
 las declaraciones juradas y declarar las rentas en la presentación 
anual de Ganancias y el inmueble en Bienes Personales.
Los contratos que se deben declarar en el nuevo régimen son:
- Locaciones de bienes inmuebles urbanos
- Arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales
- Locaciones temporarias de inmuebles (urbanos o rurales) con fines turísticos, de descanso o similares
-
 Locaciones de espacios o superficies fijas o móviles dentro de bienes 
inmuebles como locales comerciales, supermercados, hipermercados, 
shoppings o galerías de compras.
“Este
 tipo de regímenes de información que ya existen nunca contribuyeron a 
la formalización de la economía. Eso se evidencia en que después de esta
 lógica de la información permanente, la burocracia y el 
reglamentarismo, cada vez la informalidad es mayor”, señaló Iván 
Sasovsky, fundador de Sasovsky & Asociados. “Para los que están 
formalizados, va a implicar mayores costos y esos se va a trasladar a 
los precios. Para los que no estaban formalizados, estas cuestiones 
espantan aún más y suben el premio al evasor”, agregó.
Desde
 el sector inmobiliario aseguran que la rentabilidad para los 
propietarios hoy está en los niveles más bajos históricamente. Según los
 datos de la plataforma Zonaprop, la rentabilidad en 2020 fue de 2,45% 
bruto anual, en baja con respecto a 2019. Es decir, el propietario 
necesita 40,8 años de alquiler para recuperar la inversión en su 
inmueble.
“El
 costo impositivo siempre se traslada; el tema es que los márgenes de 
rentabilidad del real estate son muy bajos, cada vez más chicos y el 
riesgo de tener un inquilino, hoy por hoy, es altísimo porque no tenés 
garantizado que si el inquilino no cumple, puedas sacarlo”, agregó 
Sasovsky.
Para la 
especialista en impuestos Florencia Fernández Sabella, el mercado de los
 alquileres, principalmente los destinados a vivienda, es muy informal y
 los esfuerzos del fisco en diferentes gobiernos fueron en el sentido de
 buscar su formalización y registración. “En 2017 se permitió que las 
personas que no tengan vivienda propia puedan deducir de su impuesto a 
las Ganancias una parte de lo que pagan por sus alquileres. Como para 
poder tomar la deducción, el inquilino debe presentar la factura, fue 
una forma de buscar que los inquilinos presionen a los propietarios y 
que ello derive en la declaración de tales alquileres. Pero esta 
estrategia no fue efectiva y el mercado de los alquileres para vivienda 
siguió siendo un ámbito de informalidad”, señaló.
“La
 resolución de la AFIP que crea un registro de contratos de locación de 
inmuebles es un intento de exigir a los propietarios la registración de 
sus contratos de alquiler y establece que las penalidades por su no 
cumplimiento recaigan sobre el locador. El fisco ya había intentado 
crear registros de contratos en 2010 mediante la RG 2820″, detalló. 
Según explicó Fernández Sabella, el nuevo registro no genera costos 
extras directos porque es gratuito, pero suma al costo de administración
 que los locadores como contribuyentes tienen que absorber por generar 
esa renta en adición a los impuestos que ya pagan.
Según
 Gabriel Hermida, socio de impuesto de Auren, el nuevo registro va a 
obligar a más propietarias e inmobiliarias a “blanquear” pero al mismo 
tiempo puede generar más evasión. “Por la deducción del gasto en 
Ganancias para el inquilino, ya estaba previsto que los propietarios 
blanqueen. Pero el tema del registro también va a hacer que más gente 
trate de no blanquear estos alquileres y siga tratando de alquilar sin 
contrato. Esto es un riesgo alto, por si en algún momento quiere 
desalojar a un inquilino que no se va”, señaló.
¿Cuál
 es el impacto al blanquear? “Los monotributistas pagan ganancias dentro
 de la cuota del monotributo, los que son sujetos de ganancias por otras
 rentas, van a agregar esta renta por alquileres o pueden optar por ser 
monotributistas para esta actividad. Deben pagar Ingresos Brutos, 
cualquiera sea la condición que elijan”, detalló el especialista.
Sin
 embargo, advirtió que al hacer la declaración de los contratos, la AFIP
 puede detectar si no se presentó ese contrato en el pasado y puede 
haber penalidades.
Fuente: Diario Chaco
Tu opinión es un importante aporte para el blog.