Nivel secundario: ATECH explica por qué solicitan la derogación de la Resolución 644

El pasado 4 de mayo, en la Comisión de Política Salarial y Condiciones de Trabajo, la ATECH solicitó la derogación de la Resolución 644/20 del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

Entre sus fundamentos, el gremio consideró que es “violatoria de las leyes 7616/15 –de resguardo de la estabilidad laboral de los docentes de nivel secundario involucrados en la transformación educativa-, y de la propia Ley del Estatuto del Docente 647 E”.

Denunció asimismo “las bajas producidas por aplicación de la Resolución rechazada, y requirió que se retrotraiga tal situación.

Del mismo modo que denunció ATECH en dicha reunión, la Resolución 701/20 MECCyT, contraria absolutamente a la política fijada por el Ministerio de Educación de la Nación respecto de la evaluación de los alumnos en este período, algo que a sui vez, consideraron “instrumentos ministeriales surgidos en medio del aislamiento obligatorio, de manera unilateral también, ignorándose a esta Comisión, como a las mesas técnicas que en su seno deben funcionar y no funcionan a la fecha”.

Según indicaron el gobernador, ante el planteo y reclamo formal de la entidad, “se comprometió con la Comisión de Política Salarial y Condiciones de Trabajo a que de inmediato se pondrían en funcionamiento las mesas técnicas correspondientes para tratar las resoluciones denunciadas, convocándose así a la primera de ellas para el mismo día siguiente a esta reunión”.

ATECH participó de las mesas técnicas convocadas por las resoluciones antes citadas, con propuestas concretas. En Mesa Técnica de fecha 5 de mayo ATECH requirió la derogaciónde la Resolución 644/20, presentando en forma escrita y verbal la fundamentación por la cual solicitaba la misma, resumiendo dichos fundamentos en “incumplimientos de dicha Resolución de lo ordenado por las leyes 7616 y 647 E, con la exigencia de retrotraer las bajas producidas por efectos de la rechazada resolución”.

Ante los fundamentos esgrimidos por ATECH para la derogación de la Resolución 644/20, la Entidad logra en el seno de la Mesa Técnica que el MECCyT considere tales planteos, para lo cual elabora inicialmente dos anteproyectos. Uno, tendiente a derogar la citada resolución y resolver sobre la puesta en marcha del 5° año de las escuelas secundarias; y el otro a dejar sin efecto las bajas que se originaron por aplicación de la Resolución 644. ATECH había propuesto desde el principio, dejar sin efecto las bajas y retrotraer las ya producidas.

En cuanto al otro anteproyecto, ATECH no avaló varios artículos de la parte resolutiva, el visto del anteproyecto, y algunos considerandos, para lo cual una vez más propuso “concretamente para modificar lo no avalado”.

Lo indicado aquí fue planteado por ATECH en reunión de mesa técnica del martes 2 de junio, además de hacerlo público en la misma fecha. Planteos ante los cuales, “el Ministerio elaboró un nuevo anteproyecto, en el cual ATECH hace público en el día de la fecha que está de acuerdo con la mayoría del articulado presentado en el último anteproyecto ministerial, remarcando la importancia de haber incorporado los términos reclamados por ATECH desde el primer momento, como el “retrotrayendo las bajas…” en el art 1º…. ; también la inclusión del término “propiciando” la concentración horaria… en el art 4º, entre otros”.

En ese sentido, señalaron: “Así como avalamos lo indicado antes, consideramos desde ATECH que aún no está la respuesta a lo presentado oportunamente por la Entidad, respecto a que se debe consignar en el artículo 2º qué es lo que hace el director del establecimiento, si a la fecha de puesta en funcionamiento de la transformación de los quintos años no se encuentran los instrumentos legales que debe confeccionar el Ministerio que avalen las vacantes solicitadas por los directivos ( esto originó la imposibilidad de cobro de haberes en el 2019 y parte del 2020 para muchos docentes de las horas que no fueron resueltas para los cuartos año de la transformación)”.

Respecto al artículo 6º, manifestaron que “a entender de la ATECH se provoca una situación de injusticia al considerar en el mismo, que los títulos por lo cual se obtuvo la titularidad o el interinato son los que se tendrán en cuenta para la ubicación transitoria en los nuevos espacios de los titulares e interinos (espacios homologados) –considerando nuestra Entidad que el título que debe tenerse en cuenta debe ser el que tenía el docente al momento de la puesta en vigencia de la ley 7616/15 hoy Nº 2335, ésto respecto de la parte resolutiva; pero además es obligación de nuestra Entidad, advertir de acuerdo con lo interpretado por la misma, que carece de sustento legal lo resuelto en el anteproyecto objeto de análisis, si solamente se considera en el “visto” el número de una Resolución que se deroga”.

Respecto de los considerandos consideraron que “deberían incluir situaciones planteadas en lo que otorga sustento legal a la nueva resolución que son las leyes y resoluciones respecto a los derechos de los trabajadores y a la puesta en marcha de la transformación”.



Fuente: Diario Chaco

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