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El Senado aprobó la Ley de Alquileres ¿Cuáles son los cambios?

Una normativa esperada por una gran cantidad de argentinos.

Este jueves, en una nueva sesión del Senado, el oficialismo aprobó la Ley de Alquileres y dio media sanción al proyecto que suspende por 180 días las sociedades anónimas simplificadas, luego de que la oposición se retirara del recinto tras convertir en ley el proyecto de educación a distancia.
Las dos normas recibieron luz verde por 41 votos a favor del Frente de Todos y de los monobloques de Alberto Weretilneck (Juntos Somos Río Negro) y Magdalena Solari Quintana (Misiones), tras el rechazo de la oposición a tratar proyectos que no estuviesen relacionados por el coronavirus.
El proyecto de alquileres se convirtió en ley tras cuatro años de debate. La defensa inicial de la Ley de Alquileres estuvo a cargo de la correntina Ana Almirón, quien destacó que la norma "supera la legislación vigente" y propicia "un equilibrio" en la relación contractual entre dueños e inquilinos.

LOS CAMBIOS
La nueva norma establece, entre otros puntos, la extensión de los contratos de dos a tres años y la actualización anual de los precios, en lugar de ser de forma semestral como ocurre actualmente.
Además, el aumento anual deberá hacerse sobre un índice conformado por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el de salarios (RIPTE).

Por otra parte, la iniciativa establece que "los contratos de locación deben ser declarados por el locador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)", que evitará la firma de contratos "en negro". La AFIP deberá definir el plazo y la forma de esta declaración.

Además, al existir un registro legal de alquileres se acelerarán las posibilidades de desalojo de los "okupas", quienes suelen demorar el trámite judicial presentando supuestos contratos de alquiler -que luego resultan apócrifos- para argumentar que fueron estafados en su "buena fe".

El proyecto también amplía las garantías que podrá presentar el inquilino ante el locador, al contemplar tanto la garantía propietaria, como el seguro de caución, el aval bancario, la garantía de fianza o fiador solidario y el recibo de sueldo.

Por otra parte, se establece de modo taxativo que las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario, quedando a cargo del inquilino solo las ordinarias, que incluyen los gastos habituales del edificio (salario del encargado, limpieza y otros conceptos).


Fuente: DataChaco

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