"LA REALIDAD ANULÓ LA FICCIÓN"

Por Jubilados  Docentes del Chaco

"Desde hace un tiempo en este espacio que nos nuclea, "JUBILADOS DOCENTES DEL CHACO", venimos denunciando viejas prácticas y artimañas políticas siempre vigentes.

 Hoy les presentamos a los mismos actores y los mismos perjudicados de antaño, *los docentes*, y como muestra vale un botón, intentaremos remontarnos al 24/02/2010 fecha en que fue sancionada la Ley 6.491de la Provincia del Chaco, en la cual establece el NBD (Nomenclador Básico Docente) por la cual modifica el Artic. 364 Ley 5.125 (texto ordenado de la Ley 3.529 Estatuto del Docente) en el cual establece para el cargo, Maestro de Grado de J.S.:2.225 puntos, estableciendo en sus Artic.2° y 3° los recursos económicos para su implementación.

Cabe señalar que actualmente y desde esa fecha, mas de *diez años*, sí lo leiste bien, *diez años*, el Maestro de Grado de Jornada Simple recibe 2.097 puntos, es decir que hace mas de diez años, que el cargo testigo y referencia para todos los docentes, acumula una pérdida inimaginable; pero los JUBILADOS DOCENTES, somos y fuimos testigos y actores protagónicos, de que la Sanción de las Distintas Leyes que modificaron y modifican el Estatuto "NUNCA" han sido en beneficio del docente, todo lo contrario, SIEMPRE hay algún punto que cercena Derechos y Conquistas.

Pero ahí no termina el relato, ahora viene lo mejor: debido al tiempo transcurrido, dicha Ley en cuestión ( Ley 6.491), al no alcanzar el objetivo propuesto (2.225 puntos para el Maestro de Grado de Jornada Simple). Quedó sin efecto y fue reemplazada por otra Ley, la Ley 647 E ( Estatuto del Docente). En esta Ley nuevamente se menciona los puntos 2.225 para el Maestro de Grado.

 Se preguntarán ustedes quiénes eran los responsables políticos de hacer cumplir lo que manda la Ley. Sí, no se equivocan: hace *diez años* los mismos actores de hoy gobernaban la Provincia.

Hoy, el pueblo del Chaco les da la oportunidad histórica de reivindicar y subsanar ese error. Señor Gobernador: Jorge Milton Capitanich, usted tiene la obligación moral y ética de cumplir con el espíritu de la Ley 647 E ( Estatuto del Docente) otorgando al Maestro de Grado 2.225 puntos como corresponde.
 Cumplir con lo peticionado no sólo será un acto de pura JUSTICIA, sino que estará cumpliendo con su deber, y de esta manera, honrando a quienes tuvieron el privilegio de ser sus maestros.

Decimos ésto porque no nos quedan dudas que detrás de las grandes conquistas, de los grandes hombres y mujeres, siempre estarán presentes las enseñanzas de los maestros.

¿O será que la historia nos sorprenderá nuevamente, y dentro de diez años, seguiremos luchando por lo mismo?

¿Una nueva Ley reemplazará a la actual?

Ojalá nos equivoquemos para el bien de TODOS."

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