Atech informó a sus afiliados sobre las nuevas resoluciones de Inssep

Registradas con el N° 4964 Y 4965.

La A.T.E.CH., tomó conocimiento de las Resoluciones Nº 4964 y 4965/19 del In.S.S.Se.P., y decidió comunicar a los afiliados activos y pasivos una serie de detalles que podrían ser de su interés.

"Con respecto a la Resolución 4964/19 que establece en lo referente a los elementos de prótesis provistos por la Obra Social que el 50 % del costo sea a cargo del afiliado y debitado en la cuenta corriente y el 50 % a cargo del Organismo (independientes de las coberturas de Alta Complejidad e Incapacidad) constituye un avance, en razón de que modifica el régimen vigente establecido con anterioridad en la Resolución Nº 7114/83 (del ex I.P.S.) que fijaba que el costo debía ser asumido por el afiliado en un 100 % con más de un 10 % de interés fijo. La reducción del costo de estos elementos para el afiliado resulta evidente y positiva, sin que ello signifique que la propuesta sindical de la ATECH sea de su cobertura en un 100% por la Obra Social, dado su altísimo valor de mercado", explicaron en el comunicado.

Y añadieron: "En lo relativo a la Resolución Nº 4965/19 del In.S.S.Se.P. que establece como un nuevo parámetro reemplazando para el concepto “servicios asistenciales” montos de haberes por la Canasta Básica Total –fijada por el INDEC- (línea de pobreza), observamos una relación positiva con respecto al régimen establecido con anterioridad por las Resoluciones 3266/15 del In.S.S.Se.P. modificada por la Resolución 5589/18 del mismo Organismo. Esta última fijaba una escala según los haberes de activos y pasivos que consistía: inferior a $ 15.000 correspondía un 10 % de descuento máximo; entre $ 15.000 y $ 20.000, 12,5 %; y haberes superiores a los $ 20.000, correspondía 15 % de descuento. La nueva Resolución 4965/19 establece un descuento de hasta el 8 % para los haberes inferiores al monto de la Canasta Básica Total (por ejemplo que en agosto era de $ 33.013) y del 10 % para los haberes de activos y pasivos que superen ese monto. Del cotejo de las cifras se deduce que el porcentaje de descuento máximo en el concepto servicios asistenciales es inferior. En estos momentos de alto índice inflacionario que supera al incremento de haberes, consideramos que el parámetro definido es acertado; pero que se debe evaluar en el futuro, ante modificaciones que se produzcan en la economía en general".

Por último, desde la A.T.E.CH., remarcaron: "Históricamente ha expresado un equilibrio en la evaluación de la evolución de los distintos servicios prestados por el In.S.S.Se.P. y una lucha permanente en defensa de los derechos del conjunto de los afiliados, conducta que mantiene inexorablemente, cualquiera sea la orientación política de los gobiernos de turno. Instamos a los trabajadores estatales activos y pasivos a profundizar las acciones por una Obra Social con mayor cobertura y beneficios, y un sistema previsional solidario, e igualitario", cerraron.
Fuente: DataChaco

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