¿Qué vacunas deben tener los adultos para renovar DNI?

La normativa deberá ser promulgada y reglamentada.



El Senado aprobó el miércoles una ley de vacunas que establece, entre otros aspectos, la obligatoriedad de presentar el certificado de vacunación al día para poder tramitar o renovar el DNI, el pasaporte, la licencia de conducir, residencia o el certificado prenupcial.

Lo que hizo el proyecto es "actualizar la normativa a lo que hoy se considera es el sistema más útil desde el punto de vista preventivo en lo que respecta a la salud pública".

Y enumeró algunos de los puntos clave de la nueva norma, que ahora deberá ser promulgada por el Poder Ejecutivo y reglamentada para su puesta en marcha.

El calendario en adultos sanos indica la vacuna contra la hepatitis B, que consta de tres dosis, y la doble adultos, que protege contra difteria y tétanos cada diez años. Además, los que hayan nacido después de 1965 deberán recibir dos dosis de la triple viral contra sarampión y rubéola después del año de edad y todos los mayores de 65 deberán recibir cada 10 años la antineumocócica y todos los años la antigripal.


Fuente:  DataChaco

Comentarios



Lo más leído de la semana

Nivel Superior: Está abierta la inscripción extraordinaria por apertura de carrera

Inicia el 29 el pago de haberes en la Administración Pública

Federación SITECH participó en la marcha por la defensa de la educación pública

Anunciaron un aumento de sueldo del 51% para empleados públicos del Chaco

Fesich Sitech Castelli convocó a un paro docente para este martes y miércoles