FEDERACIÓN SITECH DESMIENTE CATEGÓRICAMENTE LA VERSIÓN OFICIAL SOBRE LA VALORACIÓN DE POS TÍTULOS

FEDERACION SITECH desmiente categóricamente que esté solucionado la aplicación de la ley 2137/E en la que se determina la escala de valoración de los pos títulos docentes, para todos los niveles y modalidades

Esta afirmación se debe a un comunicado de carácter público en el que la funcionaria Dora López expresa que la visita de los integrantes de la Dirección de Información Parlamentaria de la Cámara de Diputados del Chaco arrojaron la claridad necesaria para que las Juntas de Clasificación valoren los pos títulos a los docentes de los distintos niveles en situación de competencia. En este sentido miente la funcionaria cuando no puede demostrar cuando y como la ley 2137 E fue publicada en el Boletín Oficial.

La visita de los representantes de la Dirección de Información Parlamentaria arrojó más dudas que certezas, en cuanto que se dedicaron a hacer un relato al estilo de los gobiernos nacionales y provinciales, es decir, vinieron a poner claridad sobre la aplicación de la mencionada ley sin muñirse de una sola documentación respaldatoria de sus dichos, así por ejemplo según su relato la corrección de la ley 2137/E se inició de oficio en la mencionada Dirección en el mes de julio de este año por lo que inmediatamente se le solicitó la actuación correspondiente que respalde dicha afirmación, cuestión esta en la que manifestaron que no contaban con la misma.

Asimismo afirmaron que este tema fue abordado por la Comisión encargada de los digestos que originó un pronunciamiento de esta comisión por lo que se le requirió nuevamente que respalden sus dichos para acceder a ese despacho, cuestión esta que no pudo ser verificada por la falta de documentación.

Por otra parte manifestaron que la mencionada ley fue tratada en la sesión de la Cámara de Diputados el 11 de julio por la que nuevamente se requirió la documentación que avale de dicha afirmación. Nuevamente expresaron no contar con la misma limitándose a leer por internet el texto taquigráfico de la sesión de ese día, en la se hace alusión al Proyecto de Ley 3084/18, que es de carácter genérico sobre el Digesto Jurídico, y por lo tanto no se podía determinar la corrección a la que hace referencia la funcionaria Dora López.

Por nuestra parte al consultar el temario de esa sesión de la Cámara de Diputados nos encontramos que el mismo hace referencias a las modificaciones de que se recibieron en el año 2017, por lo que resulta imposible que se haya incluido la supuestas observaciones de la que hacen referencia los representantes de la Dirección de Información Parlamentaria y la facultad otorgada por la Cámara en la ley 2857-A en su artículo 9°, a la Dirección de Información Parlamentaria está limitada a Omisiones y errores materiales, cuestión tal que el particular que nos ocupa no se encuadra en las mismas y por lo tanto no ha sido enmendado el Estatuyo del Docente Ley 647-E.

Teniendo en cuenta lo antes expresado, no se ha brindado claridad alguna respecto a la Ley 2137-E, salvo la afirmación unilateral de la funcionaria que fue cambiando sistemáticamente sus argumentos respecto a la valoración de los pos títulos, que dicho sea de paso ni siquiera se animo a cerrar la reunión y hacer pública en la misma su postura, solo teniendo el acompañamiento de otro dirigente que “le quedo claro” ya que defiende sus intereses de valorar los pos títulos por ser un negocio millonario pero al mismo tiempo una estafa para el sector docente que solamente puede conseguir cargos u horas cátedras a través de la compra de los mismos.

En estas condiciones las Juntas de Clasificación están imposibilitadas de valorar los Pos Títulos ya que esta actividad solamente se hace a la luz del Estatuto del Docente.

Por último, reiteramos nuestra postura clara de que estos “supuestos estudios superiores” no se constituyan en un negociado por parte de algunos dirigentes amigos del gobierno y la Ministra de Educación Marcela Mosqueda. Por el contrario queremos que los mismos sean de carácter gratuito y que solamente puedan ser dictados como corresponde a un estudio superior por los IES (INSTITUTO DE EDUACIÓN SUPERIOR), como asimismo poner un tope de valoración de un pos titulo cada dos años, teniendo en cuenta la complejidad y profundidad que debe tener este tipo de estudios, todo ello debiendo estar plasmado en una Ley a los fines de garantizar la legalidad y legitimidad de lo que constituye Un Estudio Superior, y no se limite a un negociado entre el Ministerio y sus amigos.

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