Prohíben la prioridad por parentesco para el acceso a cargos públicos

El Gobierno dispuso que los organismos del Estado nacional se abstengan de dictar normas que "establezcan privilegios o preferencias para el acceso a los cargos públicos y empleos, fundadas en vínculos de parentesco".

Asimismo, las autoridades nacionales "deberán abstenerse de incurrir en prácticas, políticas o procedimientos que permitan, faciliten, promuevan o fomenten tales privilegios o preferencias para el acceso a dichos cargos y empleos".

Así lo dispuso el presidente Mauricio Macri a través de un decreto que firmó junto al jefe de Gabinete, Marcos Peña, y que publicó este jueves el Boletín Oficial.

También se deberá disponer "la inmediata derogación de las normas internas que establezcan privilegios o preferencias para el acceso a los cargos públicos y empleos, fundadas en vínculos de parentesco, y que permitan, faciliten, promuevan o fomenten tales privilegios o preferencias para el acceso a dichos cargos y empleos".

La norma involucra a toda la administración central del Estado y a los organismos descentralizados, lo que incluye las instituciones de la seguridad social.

También regirá para empresas y sociedades del Estado que abarca, incluidas, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria y las Sociedades de Economía Mixta.

De igual modo, tendrán que cumplir con el decreto los entes públicos que incluyen a "cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones".


Fuente: D. Chaco

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