Luego
de que se promulgara la ley 27.399, el Poder Ejecutivo quedó con la
facultad de fijar hasta tres feriados puente por año para promover la
actividad turística.
A
través del decreto 923/2017, que fue publicado hoy en el Boletín
Oficial, se comunicó que serán feriados puentes en 2018 y 2019: los días
30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre. Son tres lunes que
anteceden a los feriados del Día del Trabajador, Navidad y Año Nuevo,
respectivamente. El mismo texto adelanta los días que oficiarán de
puente en 2019: 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre.
FERIADOS NACIONALES INAMOVIBLES
- 1° de enero: Año Nuevo.
- Lunes y Martes de Carnaval: en 2018 será 12 y 13 de febrero; en 2019 tocará el 4 y 5 de marzo
- 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Viernes Santo.
- 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
- 1° de mayo: Día del Trabajo.
- 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
- 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano.
- 9 de julio: Día de la Independencia.
- 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
- 25 de diciembre: Navidad.
FERIADOS NACIONALES TRASLADABLES
- 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
- 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín.
- 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
DIAS NO LABORABLES
- Jueves Santo.
Esta
norma fue impulsada por legislador por Misiones Maurice Closs con la
intención de fomentar el turismo interno. Si bien los feriados puente
habían sido eliminados por un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en
enero pasado, la propuesta de Closs contó con el apoyo del oficialismo.
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Fuente: D. Chaco
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