¿Qué multa deberán pagar los que no votaron?

Quienes están exentos y qué multas hay para los que no cumplan los requisitos y disposiciones.

El monto de la multa es $50 para quien no vote en las PASO y tampoco haya justificado la no emisión del voto. Si el elector infractor no vota en las elecciones generales y no justifica la no emisión del voto, el monto de la multa asciende a $100. Por lo tanto, aquellos electores que figuren como infractores con relación a ambos comicios, deberán pagar una multa de $150.

Sí un elector no concurrió a votar en hoy podrá votar en las elecciones legislativas, pero deberá justificar la no emisión del voto en las PASO y en caso de no poder hacerlo deberá pagar una multa. Pero en ningún caso el no haber votado en las PASO, con o sin justificación, impide a un elector hacerlo en las legislativas.

¿Quiénes están exceptuados de votar?


No todos los argentinos en edad de votar están obligados a hacerlo. Por ejemplo los jueces y sus auxiliares que por disposición del Código Electoral deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial están exceptuados de votar.

Por otro lado, quienes el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde deben sufragar y justifiquen debidamente que tal distancia existió, debiendo para ello presentarse el día de la elección ante la autoridad policial más cercana también están exceptuados de su obligación. Deberán contar con la certificación escrita por la policía para evitar el pago de la multa.

Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto también están exceptuados. Los certificados deberán ser emitidos por los médicos del servicio de sanidad nacional y en su defecto, por médicos oficiales, provinciales o municipales, o incluso por médicos particulares.

Aquel elector que no haya emitido su voto por algunas de todas estas razones deberá presentarse ante la Secretaría Electoral correspondiente al distrito de su domicilio para justificar su abstención, con la documentación que acredite el motivo de la falta. El trámite se puede realizar por internet.

De no hacerlo será incluido en el registro de infractores al deber de votar y deberá pagar la multa por faltar a su obligación cívica.

Fuente: DataChaco

Comentarios



Lo más leído de la semana

EL FRENTE GREMIAL DOCENTE REIVINDICA LA CLAUSULA GATILLO LOGRADA POR LA DOCENCIA CHAQUEÑA

Zdero anunció que pagará la Cláusula Gatillo ¿de cuánto será este mes?

El paso a paso para hacer blanqueo de PIN y gestiones de tarjeta de débito con NBCH24 Online Banking

FESICH SITECH Castelli acusa al Gobierno de "incumplimiento de promesas"