Diputados incrementó las sanciones para casos de maltrato animal


La Legislatura aprobó la ley 7452 de autoría del diputado Carlos Martínez, por la que se modifica el artículo 124 de la ley  4209 - Código de Faltas de la Provincia del Chaco-, incrementando las sanciones correspondientes a casos de maltrato animal.   
 
La nueva redacción establece que será sancionado con multa equivalente en efectivo de hasta 6 remuneraciones mensuales, mínima, vital y móvil o arresto de hasta 60 días, el que cometiere un acto de crueldad contra un animal o lo maltratare o le impeliere a fatigas manifiestamente excesivas. Si como consecuencia de lo establecido en el párrafo anterior resultare la muerte del animal, la sanción será de hasta 90 días de arresto de cumplimiento efectivo.
 
El diputado Carlos Martínez manifestó que esta norma “tiene por objeto incrementar las sanciones para los casos de actos de crueldad y maltrato animal, queremos elevar la protección de los animales domésticos, especialmente, ante actos de maltrato y crueldad en consonancia con los nuevos criterios de considerar a la biodiversidad como entidad de derechos, es decir, volver a retomar la concepción de que el ser humano -especie animal que se alza sobre el planeta tierra- es una de las últimas especies en aparece en la naturaleza y muchas veces se considera la especie hegemónica predominante arrasando con todo lo que es el entorno natural preexistente del cual emergió”.
 
Hizo hincapié en “la conciencia de que los animales no solo forman parte de la biodiversidad sino que relaciones con el reino animal mejoran y elevan nuestra condición humana, es dato irrefutable de la realidad que a una parte importante de la sociedad le repugna la violencia contra los animales y corresponde que avancemos en las modificaciones de estas normas, fundamentalmente destinadas a reforzar la protección de los derechos de los animales”.
 
Destacó que “así lo entendió también el STJ que fue conteste con este proyecto y por acuerdo de los 5 jueces del tribunal tomaron la decisión de apoyarlo en consonancia con los nuevos parámetros de que la protección de la biodiversidad es facultad concurrente entre el orden Nacional y provincial, lo que avala desde el punto de vista constitucional esta reforma que pretendemos”.
 
El diputado Juan José Bergia solicitó el archivo de la iniciativa, fundamentando su posición en que “la misma conducta que está tipificada en el Código Penal es la que tipificamos como contravención, por eso sostenemos que viola los principios del derecho y el respeto a la legalidad, todos estos delitos están tipificados también en la Ley 14.346”.
 
Finalmente, la norma fue aprobada con 20 votos a favor, 5 por su mantenimiento en cartera, el voto por el archivo del diputado Bergia y las abstenciones de los diputados Orlando Charole y Amelia Clide Monzón. 
 
SANCIONAN EN GENERAL LA LEY DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR DE LOS ANIMALES DOMÉSTICOS
La Legislatura sancionó en general por unanimidad la iniciativa de la diputada Celeste Segovia acompañada por el diputado Rubén Guillón, por la que se regula dentro del territorio de la Provincia del Chaco la protección y el bienestar de los animales domésticos sean productivos o de compañía, así como los animales para experimentación y otros fines científicos.
 
La diputada manifestó “pudimos aprobar una ley con el fin de garantizar el bienestar de los animales, es mucho mas que el simple no maltratar a un animal o evitar un acto de crueldad contra alguno de ellos;  hoy la provincia del Chaco se ha convertido en una provincia precursora en lo que es el bienestar animal y la protección integral de los mismos porque no existe una legislación de este tipo a nivel nacional o en otras provincias”.
 
Explicó que “si bien para nuestro Código Civil los animales son considerados objetos materiales, susceptibles de tener un valor económico, para los derechos que hoy se conocen como los de quinta generación, que incluyen los derechos de animales, ellos son seres sintientes no humanos, es decir  –puntualizó- la pregunta que debemos hacernos no es si pueden pensar o razonar, sino si pueden sentir o sufrir y científicamente esta comprobado que ellos padecen el sufrimiento por causa de los actos de maltrato a los cuales pueden ser sujetos”.
 
Detalló que la norma, que se tratará en particular dentro de dos sesiones, “es una legislación bastante compleja de un contenido de 44 artículos aproximadamente, en los que se establecen sanciones de prisión efectiva y multas en el caso de crueldad; también se le da la posibilidad a las asociaciones protectoras de animales de constituirse en querellantes particulares en las causas que investiguen la crueldad y el maltrato animal”.  
 
El diputado Rubén Guillón manifestó “he tenido la oportunidad de acompañar este proyecto con mi firma y fui testigo del trabajo de investigación de la diputada Segovia y su diálogo permanente con  instituciones y entidades que trabajan voluntariamente por los animales”. Numerosos representantes de asociaciones proteccionistas acompañaron la sanción con su presencia en el SUM de la Legislatura.
 
Fuente: D. Chaco


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