ATECH convoca a afiliados del INSSSEP "a resistir la degradación del sistema previsional"

El gremio alerta sobre la vigencia de la resolución Nº 5613/12.


"Tal como la ATECH lo señaló en publicaciones anteriores, el Directorio del InSSSeP, mantuvo la vigencia de la Resolución Nº 5613/12 con la negativa del vocal activo. Desechando en gran parte las observaciones realizadas y adjudicándose además el mérito de reestablecer las jubilaciones de privilegio".

"Para ejecutarlo se pergeñó un nuevo dictamen a nivel gerencial (que no se realiza para el resto de los afiliados, en cuya gestión dictamina siempre la asesoría previsional, "hoy ausente") dado que el andamiaje legal anterior se había "caído". La base legal resultó ahora la Ley Provincial Nº 2598/81 y la Resolución Nº 363/81 de la ex Subsecretaría de la Seguridad Social de la Nación, que ratifica un Convenio de Reciprocidad con las Cajas de Profesionales del año 1980". 

"Se buscó así una vetusta ley provincial que ratifica un convenio realizado en el marco de la Ley Nacional 18038 ya derogada por la Ley Nacional 24241/93, y que establece el otorgamiento de dos o más jubilaciones y en consecuencia, dos o más haberes jubilatorios para los profesionales y con la sola exigencia, de diez años de servicios y aportes al Organismo". 

"Este sistema de pago a prorrata no se aplicó anteriormente en el InSSSeP, y siempre se rechazaron las solicitudes presentadas, porque en el sistema de reciprocidad vigente (artículo 172 de la Ley 4044) Decreto-Ley 9316/46 y Ley Nacional 12921 y Ley Nacional Nº 14370/54 se establece el beneficio único y la liquidación de haberes previsionales por una sola caja (la otorgante) mientras que la Ley Nacional Nº 24241/93 y la Ley Provincial Nº 4044/94 ?€?posteriores a la Ley Provincial 2588/81 que se invoca-, establecen el otorgamiento del beneficio único a la caja con mayores servicios con aportes. Por lo tanto, a pesar de los esfuerzos del sector político del InSSSeP, la Resolución 5613/12 continúa siendo nula de nulidad absoluta, y pasible de que se le aplique -por razones de legitimidad-, los artículos 160 y 161 de la Ley 4044/94".

"El antecedente de la jubilación otorgada, abre la posibilidad para todos los profesionales que tras un breve paso por la Administración provincial pasarían a cubrir su futuro previsional y de obra social, llegando a la conclusión de que si la obra social está en manos de las corporaciones médicas, el sistema previsional pasa a estar en manos de las entidades de profesionales que especulativamente utilizarían el Sistema de Seguridad Social del Chaco".

 "Queda demostrado que el Gobierno provincial dispone a su antojo de los aportes de los trabajadores estatales, que se ven permanentemente amenazados con mayores contribuciones (reducción de sus haberes) para el remanido déficit previsional".

"Por lo antes expuesto, la ATECH alerta al conjunto de los afiliados al InSSSeP, a los efectos de resistir la degradación del sistema previsional chaqueño". 

Fuente: D. Chaco

Comentarios

  1. Y CON EL AUMENTO DEL SUELDO QUE PASA... XQ SE BORRARON OLIMPICAMENTE... NO HICIMOS PARO DESDE LA MITAD DEL AÑO PARA QUE SÓLO DEVUELVAN LOS DÍAS DE PAROS... ES UNA VERGÜENZA CÓMO.NOS SUELTAN LAS MANOS... EN QUIEN CONFIAMOS AHORA SI LOS MOJAN UN POCO Y SE BORRAN Y NO DAN EXPLICACIÓN DE NADA... PARA ESTE AÑO PELEAMOS EL AUMENTO, NO PARA QUE NO EMPIECE EL CICLO LECTIVO 2013... QUE HACEMOS CON LA INFLACIÓN DEL 2012... SE SUPONE QUE EL AUMENTO ERA PARA TODO EL SECTOR DOCENTE... NO SOLO PARA UNOS GREMIALISTAS DE CUARTA... QUE NOS SORPRENDEMOS DIGNA PRIMA DEL COQUI

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