Un fallo judicial priorizó el derecho a la educación por sobre el de huelga

Revocan amparo a favor de Sitech Federación

La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial rechazó una acción de amparo promovida por un sindicato docente contra la resolución del Ministerio de Educación del Chaco que autorizó la designación de suplentes en lugar de los docentes que adhiriesen a medidas de fuerza

La Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó una acción de amparo impulsada por el sindicato docente Federación Sitech mediante la cuál pretendía la declaración de inconstitucionalidad de la Resolución 506/13 del Ministerio de Educación del Chaco. Así, revocó un fallo de primera instancia que había hecho lugar al planteo del sindicato de Eduardo Mijno contra resolución que habilitaba a la cartera educativa a designación de suplentes en lugar de los docentes adheridos a huelgas para garantizar el normal dictado de clases. 

La sentencia, a la que accedió CHACO DIA POR DIA, fue dictada el martes 24 de septiembre y lleva las firmas de las camaristas María Delfina Denogens y Marta Inés Alonso de Martina. Es en el marco del Expediente Nº 2207/13 caratulado “Federación de Sindicatos de Trabajadores de la Educación del Chaco (Federación Sitech) c/Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia S/Acción de Amparo”. 

La educación, como derecho “esencialísimo”

Entre los fundamentos, las camaristas señalan que “no sólo en la República Argentina, sino en la mayoría de los países iberoamericanos, todos los derechos y garantías constitucionales tienen igual jerarquía. Por ello, quienes sostienen esto afirman que la interpretación de los tribunales debe tratar de ‘armonizarlos’ cuando dos o más de esos derechos entran en conflicto”. En el caso en cuestión, consideran que “la decisión ministerial aparece -como dijimos- razonable y una necesaria derivación de una orden impartida por un Juez a fin de preservar un derecho más que esencial, esencialísimo, cual es el de acceder a la educación”, citando la medida cautelar dictada por el juez saenzpeñense Hugo Osiska en el marco de una acción principal de amparo impulsada por padres de alumnos de una escuela de la ciudad termal, justamente contra el sindicato Federación Sitech. 

Las sentenciantes plantean que el derecho a la educación, derecho de aprender y el derecho de enseñar, “no son absolutos y deben ser ejercidos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, y, el orden jerárquico de los derechos individuales -entre otras cosas- permite distinguir entre ‘derechos fines’ y ‘derechos medios’”. En ese sentido, apuntan que “esta distinción se aprecia claramente cuando se analizan los derechos de aprender y de enseñar. El derecho de aprender es un derecho fin. El derecho de enseñar, en cambio, es un derecho medio. Esto significa que el sistema educativo está organizado fundamentalmente para dar educación a los educandos, antes que para dar trabajo a los docentes. En otras palabras, los destinatarios fundamentales del sistema educativo son los educandos, no los educadores”. 

La inconstitucionalidad como “última ratio”

Por otro lado, las camaristas advierten que la resolución ministerial “no vulnera el Estatuto del Docente” y recalcan que la “inconstitucionalidad sólo debe declararse cuando resulta imposible hacer compatible una norma o un acto estatal con las normas de la constitución”. Al respecto, puntualizan que, como lo señala la doctrina, “el control de constitucionalidad no incluye la revisión de los propósitos del legislador, la conveniencia, la oportunidad, el acierto o la eficacia de la ley o de los criterios de su autor”. 

Fuente: Chaco día por día

Comentarios

  1. SI EL FELPUDO DE SS QUIERE JODER CON PONER SUPLENTES (famosa 506 antidemocratica), NOSOTROS LES VENCIMOS ASÍ:
    1-ME ADHIERO AL PARO.
    2. NOMBRAN UNA SUPLENTE EN MI GRADO… LA MISMA SE PRESENTA A LAS 8 DE LA MAÑANA (pongo esa hora como ejemplo), A LAS 10 ME PRESENTO A RELEVARLA Y ME HAGO CARGO DE MI CURSO… A LAS 11 ME ADHIERO AL PARO OTRA VEZ…
    Les aseguro que entre las suplentes corre la voz que en tu grado no se tienen que ir porque es un qui lom bo bárbaro… Y LA MISMA DIRECTORA (CANSADA DE HACER ALTAS Y BAJAS) LE TERMINA POR NO MENCIONAR QUE ESTAS HACIENDO PARO (¡como corresponde!)
    HACIENDO ESTO TAMBIÉN FAVORECEMOS A LAS SUPLENTES (A QUIENES EL GOBIERNO USA PARA IMPEDIRNOS EL DERECHO AL PARO… ¡¡¡Y NUNCA LES PAGA!!!)

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  2. SI NO NOS PONEMOS A PELEAR POR NUESTROS DERECHOS BÁSICOS YA, DENTRO DE POCO VAMOS A PASAR A SER ASALARIADOS, VAMOS A TENER QUE TRABAJAR SÁBADOS Y VACACIONES, JUBILARNOS A LOS 65 AÑOS Y LAS ESCUELAS VAN A PRIVATIZARSE...

    Y NO ES JODA NI NADA DE LO QUE NO HAYAMOS ESTADO PELEANDO ESTOS ÚLTIMOS AÑOS (DESDE LA LEY FEDERAL DE EDUCACIÓN DE MENEM)

    AHORA ES EL MOMENTO DE UNIRNOS Y DAR PELEA,,, SI TODOS LOS DOCENTES HACEMOS PARO, NO VAN A PODER PONER SUPLENTES A TODOS,

    ES AHORA EL MOMENTO CLAVE.... EL QUE NO HACE PARO QUE APOYE A SUS COLEGAS EN LAS MARCHAS....

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  3. si... y la justicia les va a pagar a los suplentes? sergio soto!!!mamarracho!!!!

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