El mínimo no imponible y los efectos sobre la recaudación nacional

Por Miguel A Aquino

La pérdida de recursos fiscales como consecuencia de la modificación del impuesto sobre las rentas personales podría superarse aplicando un tributo sobre otras actividades como los fideicomisos, juegos de azar o disminuyendo el gasto tributario.


El bajo nivel del umbral para comenzar a tributar el impuesto a las ganancias sobre la renta personal trajo fuertes críticas de las agrupaciones sindicales, medios periodísticos, agrupaciones de trabajadores y los propios empleados que se encuentran afectados por el pago del impuesto a las ganancias.

Si bien el nivel del mínimo no imponible tanto para el trabajador en relación de dependencia soltero como casado, cuenta con un atraso en el proceso de actualización siguiendo el ritmo inflacionario, no menos cierto es que una modificación en este umbral traería aparejado una pérdida de recursos fiscales, a la fecha estos valores ascienden a $ 5.782 y 7.998 respectivamente.

Varios son los parámetros que se indican como posibles para elevar esos niveles, uno de ellos que estimamos posible es ajustar acorde a la variación del salario mínimo vital y móvil, donde el actual valor de $ 2.300 podría ser considerado como base para el potencial ajuste.

Este MVM podría incluso considerarse como un cuarto del nivel necesario para superar el umbral de afectación impositiva, donde con este criterio, el piso debería ascender a $ 9.200 ( $ 2.300 x 4).

Además de ese aspecto sobre el nivel de ingresos del trabajador queda otro análisis que es necesario resaltar, y refiere a lo que sucede con los ingresos fiscales cuando se produce una disminución del ingreso del impuesto a las ganancias.

Considerando la última modificación sobre el umbral del MNI, y pongamos como ejemplo que una futura modificación produzca una merma de una cifra cercana a los $ 3.000 millones, entonces la repercusión sobre los ingresos fiscales del Anses, las Provincias, el Chaco y Provincia de Buenos Aires sería la siguiente:

- Pérdida Anses. $ 888 millones
- Provincias $ 2.052

- A.T.N $ 60 millones

- Merma del Chaco en este ejemplo rondaría los 91 millones de pesos

-Merma de Provincia de Buenos Aires $ 708 millones, casi un tercio del medio aguinaldo que paga en forma anual.

¿Cómo recuperar esta merma de recursos nacionales?

En este período son diferentes las alternativas que se buscan para cubrir este bache financiero, que consideramos se producirá en lo que resta del año fiscal 2012.

a) Una forma inmediata sería crear y aplicar un tributo directo sobre el resultado de las casas de juego de azar, información sobre el flujo millonario de fondos y resultados se obtiene a través de sus estados contables, de la participación que efectúan a través de UTS, que merecen ser analizadas profundamente su situación tributaria ( incluido la UIF en algunas circunstancias) y finalmente la información obrante en la asociación de loterías estatales que a nivel nacional posee esta información.

b) Aplicar el impuesto a las ganancias sobre el resultado de los fideicomisos de la construcción iniciando pagos a cuenta en lo inmediato,

c) Otro mecanismo podría ser comenzar a gravar las rentas financieras sobre todo en lo que tiene que ver con operaciones de entidades jurídicas, o de actividades especulativas ejecutadas tanto por personas físicas como jurídicas.

Disminuir el gasto tributario. Obtención de ingresos al fisco nacional

En cuanto al nivel de Gastos tributarios en nuestro país, considerado ello, como el NO ingreso de tributos a las arcas del estado nacional, superan los $ 49.067,10 millones que equivalen al 2,35% del PBI y del 7,3% de la recaudación de los impuestos nacionales y contribuciones de la seguridad social prevista para este año.

Los gastos tributarios que afectan al impuesto a las ganancias (22%), alcanzarán a $ 10.570 millones, (0,51% del PBI), y conforman los beneficios que se otorgan a exenciones de los activos de los intereses de activos financieros donde podemos citar a títulos públicos, depósitos bancarios, obligaciones negociables , y también se incluyen los beneficios a las entidades sin fines de lucro-

En cuanto a la participación del impuesto al valor agregado, este tributo conforma el 52% de los gastos tributarios con una cifra del orden de $ 25.614,8 millones, que representa al 1,23% del PIB, y al 13,5% del ingreso en concepto de recaudación que se proyecta para este impuesto, calculado antes de la de la deducción de los reintegros a la exportación.

También vale mencionar que el 78% de este gasto tributario se origina en las exenciones y alícuotas reducidas que establece la propia ley del impuesto al valor agregado y la diferencia surge como consecuencia de los beneficios otorgados en los regímenes de promoción económica, con una cifra estimada en $ 5.695 millones.

Conclusión

Como surge de la simple lectura del presupuesto del año 2012, existen conceptos que podrían gravarse y dejar de afectar al sector de asalariados medios, que son los que en definitiva mueve el mecanismo de consumo en el país.

Tengamos presente que más ingresos en los sectores medios, implica mayor propensión marginal al consumo, y por ende mayor impuesto que se paga por el consumo, y de ello se deriva mayor ingreso brutos, mayor impuesto municipal, mayores pagos de servicios públicos, y mayor consumo en general.

Si bien la caja fiscal exige ser muy prudentes en cuanto al manejo de recursos, considero que en corto plazo es posible realizar alguna ingeniería tributaria que permita nivelar esta situación de inequidad tributaria.

Lic. Miguel A Aquino. Investigador del IEFER. Docente Universitario en Finanzas Públicas


Fuente: Chaco día por día

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