Tal como lo expresa la Ley, la función de los consejos escolares es la de cooperar en todo aquello que haga al apoyo y mejoramiento de la calidad de la educación, sin injerencia en las responsabilidades y facultades tanto directivas como docentes, en lo administrativo, pedagógico y de financiamiento.
Los consejos escolares, que se constituyan estarán integrados, en un sesenta por ciento (60%) por personal docente del establecimiento y contará con representantes de la comunidad educativa (padres, alumnos, ex alumnos, no docentes) en un cuarenta por ciento (40%).
Cabe señalar que los consejos ya constituidos, continuarán trabajando de la misma manera, ya que para su conformación fueron asistidos previamente por técnicos del Ministerio de Educación y su organización se realizó en concordancia con lo que establece la nueva Ley de Educación Provincial.
Consejos Escolares en la EGB Nº 74 Paul W. Hinckeldeyn
Por invitación de los directivos de la E.G.B. Nº 74, la vocal oficial del Consejo de Educación de la Provincia del Chaco, Maria Inés Gamarra participó, el 27 de noviembre pasado de una charla para todos los docentes y padres de la institución en la que se dieron detalles sobre la conformación de los Consejos Escolares Electivos.
En la oportunidad, la referente educativa informó sobre: qué son los Consejos Escolares, para qué sirven, quiénes participan, cómo los eligen; como así también informó sobre los instrumentos legales que avalan las conformación de los mismos, entre los que se encuentran Constitución Provincial Art. 82; Ley 4449 (Ley Provincial de Educación) en sus Art:102,103 y 104; Decreto Reglamentario 2780/98; Decreto Reglamentario 1728/09 (modificatorio del 2780/9) Resolución 6425/09 del M.E.C.C.yT.(Reglamenta el funcionamiento del los Consejos Escolares).
La charla, fue una oportunidad para trabajar además sobre las misiones y funciones de los miembros del Consejo de Educación, duración de mandatos, formas de elección, funcionamiento y Libros Reglamentarios.
Directivos y Docentes agradecieron la presencia de la miembro del Consejo de Educación, pues ello permitirá analizar a la institución y planificar nuevas acciones para poder concretar en el corto plazo, pero con una real participación, la conformación del Consejo Escolare Electivo.
Fuente: D. Norte