“Los Consejos Escolares son un avance en el desentendimiento del estado de la educación pública”

La Agrupación “Paulo Freire” advierto sobre “el desentendimiento del Estado como garante principal y único de la educación pública” con la conformación de los Consejos Escolares.

Ya en noviembre del 2009 la Agrupación Paulo Freire publicó un documento titulado “Los Consejos Escolares: Un avance en el desentendimiento del Estado de la Educación Pública”. Hoy, a la luz de las nuevas medidas implementadas en educación, y ante la inminente convocatoria a elecciones para conformación de estos consejos el 15 de junio de este año, “creemos fundamental ampliar aquel documento” manifestaron los docentes.

Agrupación “Paulo Freire” sobre los “Consejos Escolares

Un poco de historia…

El decreto 1728/09 y la Resolución 6425/09 del M.E.C.CyT. surgen del acuerdo entre el gobernador Capitanich y un sector mínimo de la sociedad organizado en la institución llamada UCERA. Además tiene sus bases en el Programa de Reformas Educativas para América Latina (PREAL), por lo que no es casual que idéntica propuesta haya avanzado en países como Chile, ejemplo claro de la implementación de políticas neoliberales en educación.

Tal como lo expresaran en el acuerdo firmado por ambos en junio del año 2009, “los consejos escolares tendrán facultades de administración local y gobierno inmediato de las escuelas, en cuanto no afecten las funciones de orden técnico”.Queda al descubierto aquí la real decisión de transferir la responsabilidad indelegable del Estado como garante de la escuela pública a la comunidad, ya que hablar de “gobierno inmediato” significa, nada más y nada menos, que los consejos escolares deberán hacerse cargo de la gestión diaria de la escuela, incluyendo lo pedagógico y el sostenimiento material de cada unidad educativa.

Continuando con estos lineamientos políticos-educativos el gobernador Capitanich planteaba en esa oportunidad que el objetivo de estos Consejos es “lograr más participación en las escuelas y que haya un mayor control social”. A la vez que subrayó que, “uno de los desafíos de esta gestión tiene ver con reformas de carácter estructural de la educación, tales como la organización, el financiamiento y la calidad del sistema educativo”. Inclusive, adelantó su pretensión de “plantear una discusión sobre si es posible un presupuesto por unidad educativa recordando que la Provincia del Chaco cuenta con el marco lógico y 46 programas para desarrollar las políticas públicas”.

Los Consejos Escolares: un avance en la descentralización del sistema educativo Sin duda alguna el avance en el desentendimiento del Estado como garante principal y único de la educación pública, por medio de la descentralización, es el objetivo más grave que plantea este Consejo Escolar.

Tal cual lo establece el art 3 de la res 6425 :“El Consejo de Escuela es un organismo representativo de todos los sectores de la comunidad educativa con atribuciones consultivas y ejecutivas, cuya finalidad es la de lograr una mejor calidad educativa”.

Queda al descubierto que el Estado pasaría a ser responsable indirecto de garantizar una educación de calidad para todos los alumnos y ello pasaría a ser responsabilidad directa del Consejo Escolar que debe cumplir ese fin. Esto es descentralización Podemos ver también en la Res. 6.425 otras cuestiones que están íntimamente ligadas a la organización, el financiamiento y la calidad de la educación, y que avanzan hacia una reorganización de las instituciones escolares.

En este marco el art.11 establece:en el inc.b) “Instrumentar mecanismos de solución a las necesidades de la unidad educativa o servicio” y en el inc.f)“El Consejo de Escuela participará activamente en la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de las planificaciones institucionales, planes y proyectos, acuerdo de convivencia, memoria anual, etcétera y complementará el accionar de otras asociaciones subsidiarias que hace a la organización de la estructura escolar y dentro de sus normativas vigentes.” He aquí sus amplias funciones pedagógicas y administrativas. Y el art 15. En el inc h) establece como obligación de los miembros del Consejo “Participar en la elaboración de la planificación institucional, presupuesto y producción y memoria anual del establecimiento” .¿A qué “presupuesto” del establecimiento refiere este artículo?¿Cuál es la “producción” del establecimiento?.Continúa presente la fuerte impronta economicista que el modelo educativo neoliberal de los 90 implementó, avanzado aún más ya que ello será definido en cada establecimiento educativo.
Se legaliza así el rol de las cooperadoras como sostenedoras económicas de las escuelas, de los proyectos compensatorios por institución, diferenciados ,y sobretodo se profundiza a través de la política educativa la brecha hoy ya existente entre escuelas para pobres y escuelas para ricos.

Los docentes
No podemos dejar de ligar íntimamente estas cuestiones a las condiciones laborales de los docentes, ya que esta reestructuración requiere la modificación del Estatuto del Docente actual, de manera tal de permitir flexibilidad en el ingreso, la estabilidad, los regímenes de licencia, los salarios, la jornada laboral, y la carrera docente.[Leer más]

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